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11 de febrero de 2025

NECESARIA FISCALIZACIÓN SOBRE EMISIÓN DE FACTURAS EN SUPERMERCADOS Y RESTAURANTES DEBE REALIZARSE SIN AFECTAR DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE

Defensoría del Contribuyente. ​

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Ricardo Pizarro, defensor nacional del contribuyente, destacó que la Defensoría del Contribuyente (Dedecon) tiene la obligación de garantizar que toda exigencia de la autoridad fiscalizadora en materia tributaria se enmarque en el respeto de los derechos de los contribuyentes, promoviendo el acceso a la información y la correcta aplicación de la normativa, por lo cual, estarán atentos a como se desarrolle este proceso desde su entrada en vigencia.

​“Estaremos atentos a que no se vulneren los derechos de las y los contribuyentes”, señaló Ricardo Pizarro, defensor nacional del contribuyente, al ser consultado por la resolución exenta N°121, emitida en diciembre por el Servicio de Impuestos Internos (SII), la cual busca reforzar el control del uso indebido de facturas por compras personales en supermercados y restaurantes, restringiendo su uso exclusivamente a la compra de bienes o servicios relacionados con el giro o actividad del comprador, que son las únicas que dan derecho al crédito fiscal IVA.

La resolución establece de manera expresa que este tipo de establecimientos deberán emitir boletas de ventas y servicios para todas las transacciones realizadas con consumidores finales. Mientras que la emisión de facturas por parte de supermercados estará restringida exclusivamente cuando los bienes adquiridos estén directamente relacionados con el giro o actividad económica del contribuyente, excluyendo transacciones que involucren bienes o servicios de consumo personal o que no se encuentren directamente relacionados con el giro o actividad económica del comprador.

En el caso de los restaurantes, la emisión de facturas estará restringida exclusivamente cuando los bienes adquiridos estén directamente relacionados con el giro o actividad económica del contribuyente que realiza el consumo en el restaurante, no pudiendo entregarse facturas en actividades personales o familiares, en esos casos deberá emitir una boleta de venta de bienes y servicios.

De acuerdo a la resolución, los supermercados y restaurantes deberán instruir a su personal encargado de emitir facturas, que se debe cumplir con las siguientes exigencias: requerir la presentación del e-RUT - documento digital que identifica al contribuyente para efectos tributarios-  donde conste el usuario autorizado y registrado para porte y uso de éste; verificar la identidad del portador autorizado del e-RUT mediante la revisión con la cédula nacional de identidad; registrar en la factura el número de RUT del portador autorizado del e-RUT que efectúa la compra. Los establecimientos deberán implementar procedimientos de control interno para asegurar que sólo se emitan facturas cuando se cumplan los requisitos especificados por el SII.

Ricardo Pizarro aclaró que “como Defensoría reconocemos la importancia y necesidad de la fiscalización tributaria para el correcto funcionamiento del sistema tributario. No obstante, es fundamental que se realice siempre respetando los derechos del contribuyente y entregando la información necesaria para subsanar posibles problemas”.

Por otra parte, puntualizó que “en la Defensoría del Contribuyente estamos analizando constantemente los cambios en las normativas vigentes para poder alertar sobre posibles vulneraciones de los derechos de las y los contribuyentes o solicitar aclaraciones sobre puntos que puedan generar errores de interpretación en desmedro de las y los contribuyentes”.

En el tema específico de la resolución emitida por el SII sobre las exigencias legales en la emisión de facturas en supermercados y restaurantes, la Defensoría del Contribuyente comparte el criterio de que el mal uso o abuso de estas facturas genera un impacto negativo que no puede ser normalizado en un sistema tributario justo, pero hay puntos que se deben analizar cuidadosamente y corregir si llegasen a constituir una vulneración de derechos de las y los contribuyentes. Uno de los puntos más relevantes que está analizando la Dedecon es el traspaso y/o delegación de facultades fiscalizadoras a particulares.

Al respecto, Ricardo Pizarro agregó que “como Defensoría del Contribuyente estamos facultados a utilizar todas nuestras atribuciones legales, las cuales, gracias a la ley de Cumplimiento Tributario se vieron robustecidas, para asegurar un sistema tributario en donde se exija un cumplimiento tributario bajo el respeto inamovible de los derechos de las y los contribuyentes. Somos una institución creada para velar y proteger los derechos de las y los contribuyentes, con un foco especial en las pyme y en las personas que más lo necesitan. Si alguien cree o tiene dudas de si sus derechos han sido vulnerados contáctenos a través de nuestra web www.dedecon.cl y tomaremos contacto con esa persona”.

Esta norma entra en vigencia el 1 de marzo de 2025 y considera importantes multas para las personas contribuyentes que la transgredan.


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