7 de julio de 2025
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas condenó hoy –lunes 7 de julio– a Sergio Alexander Hernández Estefó a purgar la pena de presidio perpetuo simple, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos por el tiempo de la vida del penado y la sujeción a la vigilancia de la autoridad por el máximo que establece el Código Penal, en calidad de autor del delito consumado de homicidio calificado (premeditación conocida). Ilícito perpetrado en diciembre de 2023, en el sector sur de la ciudad.
En fallo unánime (causa rol 72-2025), el tribunal –integrado por los jueces Julio Álvarez Toro (presidente), Guillermo Cádiz Vatcky y José Octavio Flores Vásquez (redactor)– condenó, además, Hernández Estefó a las penas de 819 y 301 días de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos consumados de violación de morada violenta y daños simples, respectivamente. Asimismo, el tribunal decretó la absolución de Hernández Estefó de la acusación formulada en su contra como autor del delito de amenazas no condicionales.
En la causa, el tribunal condenó al acusado Sebastián Andrés Vera Estefó a la pena de 12 años y 183 días de reclusión efectivoa, accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos, oficios públicos, derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autor, previa recalificación, del delito de homicidio simple.
En tanto, Alan Daivit Alexander Haro Aros resultó condenado a 61 y 41 días de presidio, en calidad de autor de los delitos consumados de violación de morada violenta y daños simples, penas que se dan por cumplidas por el mayor tiempo que permaneció privación de libertad en la causa (264 días).
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados Hernández Estefó y Vera Estefó para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados. Asimismo, se decretó el comiso de las especies incautadas en el procedimiento.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que entre las 10:00 y 11:30 horas del 20 de diciembre de 2023, “(…) Alan Daivit Haro Aros y Sergio Alexander Hernández Estefó, previamente concertados y premunidos de elementos contundentes se trasladaron hasta el domicilio de Inés Emilia Díaz Miranda de 67 años de edad, ingresaron a su propiedad contra la voluntad de ella, en forma violenta, rompiendo la chapa de la reja perimetral de acceso al inmueble y provocaron daños en el mismo, consistentes en rotura de vidrios tras lanzar piedras desde el exterior, y el empleo de un madero o palo.
En este contexto, los sujetos preguntaron insistentemente por el nieto de Inés Díaz, la víctima Matías Ricardo Calbún Gotta, para que saliera a enfrentarlos, pero este no se encontraba en el lugar, por lo que los agresores vociferaron “que necesitaban ubicarlo para ultimarlo”.
Posteriormente, entre las 10:30 y 12:15 horas, Hernández Estefó y su primo Vera Estefó, abordo del vehículo placa patente GXYL-97 circularon por diversas calles de la ciudad buscando a Matías Ricardo Calbún Gotta y en el caso de Hernández Estefó, con evidente premeditación conocida para darle muerte. Pasado el mediodía Hernández Estefó y Vera Estefó, encontraron a Matías Ricardo Calbún Gotta circulando junto a un amigo, Ivo Garay Pérez, por la avenida Martínez de Aldunate en dirección sur, procediendo los primos a descender del vehículo y perseguir a la víctima, portando el primero un palo o madero y el segundo, un cuchillo carnicero; y persiguieron a Calbún Gotta y Garay Pérez.
En la huida, Garay Pérez se refugió en unos departamentos del sector, y Calbún Gotta continuó corriendo hasta llegar a un sitio eriazo, lugar donde fue alcanzado, procediendo Vera Estefó a propinarle golpes con el palo en el cuerpo cráneo y rostro; en tanto, Hernández Estefó le infirió múltiples estocadas o puñaladas con el cuchillo Tras la agresión, los primos se retiraron del lugar en el vehículo en el que se desplazaban.
Garay Pérez, escuchó los gritos de auxilio de su amigo y trató de socorrerlo, le realizó un torniquete en una pierna en un intento de evitar que se desangrara. En tanto, vecinos del sector llamaron a Carabineros y al Samu, personal que arribó al lugar y le prestó primeros auxilios a la víctima.
Calbún Gotta resultó con un traumatismo encéfalo craneano cerrado, fractura nasal, policontusiones y profundas heridas cortopunzantes que le provocaron la muerte por un TEC cerrado y shock hipovolémico, mientras recibía asistencia médica en el Hospital Clínico de Magallanes.
Para el tribunal: “En los hechos referidos precedentemente, si bien los agresores Hernández Estefó y Vera Estefó accionaron de una manera inmediata y directa, también con unidad de propósito delictual de causar la muerte de Calbún Gotta, solamente el referido Hernández procedió con premeditación conocida, en dicho designio criminal”.
La iniciativa, presentada en la sesión por la comisión de Desarrollo Social, Género y Seguridad, implica un monto de M$1.871.141, con cargo al Programa de Inversión Regional del presupuesto 2025.
La iniciativa, presentada en la sesión por la comisión de Desarrollo Social, Género y Seguridad, implica un monto de M$1.871.141, con cargo al Programa de Inversión Regional del presupuesto 2025.